Derechos de usuarios
DIPUTADOS DESPACHARON AL SENADO MOCIÓN QUE GARANTIZA LIBRE ACCESO A INTERNET
Los proveedores no podrán bloquear la capacidad del usuario para acceder a Internet, ni cualquier otro tipo de actividad o uso realizado a través de la red.
VALPARAÍSO, octubre 11.- La Cámara aprobó un proyecto de diputados que garantiza el principio de neutralidad en la red, para que los usuarios puedan ver desde el blog más pequeño a la página web más cara y moderna. La iniciativa, aprobada en la Cámara por 66 votos a favor y 2 abstenciones, modifica la Ley General de Telecomunicaciones, indicando que la protección de los derechos de los usuarios en Internet deberá considerar el cumplimiento de ciertas obligaciones tanto de los suministradores como de los proveedores de acceso, es decir, de aquellos que cobren por la conectividad a Internet.
De esta forma, los suministradores y proveedores no podrán bloquear, interferir, discriminar o entorpecer en cualquier forma, la capacidad de cualquier usuario de Internet para acceder, utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legítimo a través de Internet, ni cualquier otro tipo de actividad o uso realizado a través de la red.
Tampoco podrán realizar ninguna actividad que restrinja la libertad de los usuarios para el uso de los contenidos o servicios dispuestos en Internet.
En todo caso, se establece que los suministradores y proveedores de acceso a Internet deberán tomar las medidas necesarias para garantizar la privacidad de los usuarios, la protección contra virus y la seguridad de la red, siempre que ello no tenga por objeto realizar acciones destinadas a gestionar tráficos con fines anticompetitivos.
Asimismo, sólo podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicio, a pedido expreso del usuario. Un reglamento establecerá las prácticas restrictivas a la libertad de utilización de los contenidos o servicios que se presten a través de Internet.
El texto, que ahora será examinado por el Senado en segundo trámite constitucional, dispone que el reglamento de la normativa se publicará 90 días después de la publicación de la ley.
La iniciativa se originó en una moción de los diputados Gonzalo Arenas, Marcelo Díaz, Enrique Estay, Alejandro García-Huidobro, Patricio Hales, Javier Hernández, Tucapel Jiménez, José Antonio Kast, Carlos Recondo y Felipe Ward.